lunes, 5 de marzo de 2012

POR FIN, LA DACIÓN EN PAGO............

Ya era hora de que un Ministro, el Sr. De Guindos, Ministro de Economía actual del Gobierno del Presidente Rajoy, impusiese, aunque se trata de una recomendación, la cordura que nunca debía de haber perdido la banca española, bancos y cajas de ahorros.

La dación en pago del saldo de un préstamo hipotecario, considerándolo saldado al devolver la vivienda, fue siempre en España una práctica habitual en todos los bancos y cajas de ahorros. Era como especie de practica bancaria normalizada. Era como una jurisprudencia,  hablando en términos jurídicos.

Tras el boom inmobiliario, las entidades financieras, el gobierno y la autoridad monetaria: el Banco de España, todos juntos, cogidos de la mano, olvidaron, porque así les interesó para el negocio bancario, la práctica que siempre se aplicó en España, cuando un titular de un préstamo hipotecario por padecer  circunstancias adversas en su economía, no tenía más remedio que devolver su propia vivienda a la entidad financiera titular de la hipoteca, y ésta, inmediatamente saldaba la deuda recuperando el bien.

Y digo más: Nunca jamás en la Historia Económica y especialmente bancaria de España, un banco o caja de ahorros después de recuperar el bien hipotecado, reclamaban dinero alguno a la persona titular de tan desdichada circunstancia.

Y digo más: Que yo sepa, y puedo dar fé, al menos desde 1972 hasta 1987 que fuí empleado por oposición de la Caja de Ahorros de Valencia, y director de sucursales, jefe de zona y profesor de formación del personal desde el año 1979 hasta el año 1987, la Caja de Ahorros de Valencia y con ella todo el sistema financiero español apoyaba todas las soluciones posibles en favor del deudor antes, inclusive, de admitir la DACIÓN EN PAGO.

Tengo la satisfacción personal y profesional de que, en mis nueve años de director de sucursales, no inicié ningún procedimiento judicial de embargo contra ningún cliente que, por circunstancias justificadas, no pudiese atender los pagos de un préstamo o crédito no solo con la garantía hipotecaria de un bien, sino, inclusive también, con su sola garantía personal.

No llegué nunca, ni siquiera, a admitir la DACIÓN EN PAGO. No llegué nunca, insisto, a iniciar ninguna reclamación por la vía judicial. Cuando un cliente me razonaba justificadamente con su palabra y honor, que, circunstancias ajenas a su voluntad, enfermedades familiares, problemas económicos en su empresa, etc....le obligan a cumplir puntualmente con los pagos del préstamo que tenía concedido; con el debido conocimiento de mis compañeros letrados de la asesoría jurídica, siempre, sin excepción, yo mismo negociaba la forma asequible para el cliente de ir amortizando la deuda. A veces se les concedía una refinanciación, inclusive a tipos de interés más bajos, otras se les concedía una demora, en otras ocasiones se les otorgaba una carencia, la que fuese, la que realmente necesitasen. Inclusive, si cumplían con todo lo que honradamente exponían que podían pagar de acuerdo, siempre, por supuesto, con sus posibilidades, la asesoría jurídica me autorizaba, a propuesta mía, obviamente, una quita importante de los intereses que tenían que pagar.

Siempre, siempre, se llegaba a acuerdos, a soluciones, huyendo totalmente de las reclamaciones judiciales, que solo se ejercían cuando alguien abusando de la buena fe y de la predisposición del director de la sucursal, pasaba la línea de la seriedad y la responsabilidad, y consecuentemente se le detectaba, fehacientemente la acción del engaño y la mentira.

Con todo y con ello, yo no tuve ningún caso de nadie que abusando de mi profesionalidad y total intención de apoyo y ayuda, desembocase en el engaño, y me obligase a ordenar las acciones judiciales contra sus bienes para podernos resarcir del capital prestado.

Solo recuerdo un caso de un cliente muy conocido que por causas desconocidas, que nunca supimos, se ve que su conducta mental se trastornó y rotundamente se negó al pago del saldo que en esos momentos tenía de un préstamo personal que le fue concedido. Y como para concederle el préstamo tuvimos que requerirle que un familiar lo avalase, y en consecuencia al negarse él al pago, el fiador tenía que hacerse cargo de la deuda; procedí de la siguiente forma: llamé al fiador, que por cierto, era su cuñado, muy solvente, hombre rico, solvente, serio e intachable, , un industrial del mueble muy importante en el área de Catarroja, y para más inri muy conocido por mí, y admirador mío como profesional de la banca. Y le dije: nos encontramos ante este problema, tú cuñado se niega rotundamente al pago, y en estos momentos su solvencia es nula, por lo que, lamentablemente, como fiador en tí va a recaer la responsabilidad del pago de su deuda, pero no te preocupes, voy a proponer a mi dirección general que hagan una quita total de los intereses, otra quita de parte del capital, y lo restante lo pagas cuando puedas, como quieras, tú mismo.........Mi superioridad me aceptó la propuesta, y éste empresario en calidad de fiador o avalista como queramos llamarlo solo pagó el 50% de la deuda, con cuyo pago quedó saldada......Aquello por cierto me fue correspondido con una amistad personal y un reconocimiento que duró muchos años e inclusive en un regalo material que su mujer tuvo a bien remitirme como recuerdo de aquella acción profesional digna de su total agradecimiento hacia mi persona.

Esa práctica bancaria era la consigna que teníamos todos los directores de sucursal de todas las entidades financieras de España. Las cajas de ahorro desde su fundación en el siglo XIX, todas hasta aproximadamente el año 2.000 funcionaron así. Los bancos, algo más agresivos, funcionaron así hasta el año 1.990. Pero en honor a la verdad las subastas de bienes por embargos realizados por los impagos de los clientes de los bancos eran bastante numerosas, pero siempre, sin excepción. aplicando al embargar, con la recuperación del bien, la cancelación total de la deuda.

En estos últimos años la usura les ha llevado a su propio agobio tesorero. Los directores bancarios siempre teníamos una premisa: para recuperar el dinero prestado, hay que recuperarlo con dinero; no interesan los pleitos judiciales, no interesa convertir dinero en ladrillos. Y de esa premisa se han olvidado todos. Su propia avaricia les ha conducido al colapso financiero, a contribuir más aún a la falta de liquidez.

Solo los emigrantes que han regresado a sus países de orígen han sido beneficiarios de la DACIÓN EN PAGO, que ellos mismos se la han auto aplicado. Me voy, devuelvo la llave del piso y adiós. Enhorabuena por ellos. Lo que han pagado por el tiempo que han estado disfrutando del bien.

Ahora, la cordura parece que vuelve, y al fin se percatan que el stock inmobiliario no puede seguir aumentando. Con sentido común, buscando soluciones, y recuperando capital de la forma que sea, el stock no se incrementará, y como último recurso siempre cabe, recuperar el bien, y en cualquier caso, el deudor pasarlo a inquilino...eso como mucho.

Yo, hoy en día, bueno con la forma de trabajar que han venido practicando en la última década, honradamente, no hubiese podido ejercer de director bancario.

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